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El Salvador primer país en aprobar el bitcoin como moneda de uso legal

La nueva Asamblea Legislativa de El Salvador, controlada por el partido Nuevas Ideas del presidente, Nayib Bukele, aprobó el martes la Ley Bitcoin. El texto convierte a este pequeño país centroamericano en el primero en el mundo que adopta la criptomoneda como moneda de curso legal.

La criptomoneda se podrá usar “en cualquier transacción y cualquier título que las personas naturales o jurídicas públicas o privadas requerían realizar”, según la nueva ley.

El tipo de cambio entre el bitcoin y el dólar será establecido libremente por el mercado y todo precio “podrá ser expresado en bitcoin”, según la ley, que obliga a todo agente económico a “aceptar bitcoin como forma de pago”. Quedan excluidos quienes por hecho notorio y de manera evidente “no tenga acceso a la tecnología” que permite ejecutar las transacciones.

El Estado promoverá la capacitación y mecanismos necesarios para que la población pueda acceder a transacciones en bitcoin, añadió el texto. Para fines contables se utilizará el dólar como moneda de referencia.

Entre los argumentos a favor del proyecto, el Ministerio de Economía asegura que el 70 por cientot de la población no cuenta con acceso a servicios financieros tradicionales.

Además, con el objetivo de impulsar el crecimiento económico del país “se hace necesario autorizar la circulación de una moneda digital cuyo valor obedezca exclusivamente a criterios de libre mercado” para acrecentar la riqueza, afirmó el Ministerio.“

La ley Bitcoin es ambiciosa, pero sencilla, además está bien estructurada para que tenga riesgo 0 para quienes no quieran asumir riesgos. El gobierno garantizará la convertibilidad al valor exacto en dólares al momento de la transacción”, indicó Bukele en su cuenta de Twitter mientras se tramitaba la ley.

El mandatario agregó que la norma traerá inclusión financiera, inversión, turismo, innovación y desarrollo económico. “Que nadie nos diga que somos muy pequeños para ser grandes”, afirmó.

La normativa entrará en vigor noventa días después de su publicación en el Diario Oficial.

El Banco Central de Reserva y la Superintendencia del Sistema Financiero emitirán la normativa correspondiente en ese período, según la ley.

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